PMGD


El segmento de los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) se refiere a instalaciones de generación cuyos excedentes de potencia son menores o iguales a 9 MW. Estas instalaciones están conectadas a redes de media tensión de una empresa concesionaria de distribución o a instalaciones de una empresa que posea líneas de distribución de energía eléctrica utilizando bienes nacionales de uso público.

Los documentos que regulan la conexión de sistemas de generación bajo esta modalidad están disponibles para su descarga directa a continuación:


Inicio del Proceso de Conexión

1. Solicitud de información


Se debe enviar el Formulario N°1 en formato digital, con todos los antecedentes solicitados y firmado, al correo PMGD@crell.cl. Este será validado y devuelto con número de proceso de conexión adjunto al Formulario N°2.

La respuesta mediante el Formulario N°2 se realizará a más tardar 15 días hábiles después de la recepción del Formulario N°1.


2. Ingreso Formal de Solicitud de Conexión (SCR)


El Formulario N°3 debe ser enviado con todos los antecedentes que el documento indica, adjuntando además la información requerida por la Norma Técnica en su artículo 2-6 Presentación de Solicitud de conexión a la red (SCR). No se aceptará el ingreso con información faltante y/o errónea, y se debe adjuntar además el Formulario N°3A y/o Formulario N°3B.

La SCR debe ser acompañada por la respectiva Orden de Compra, por el monto indicado en el punto 6.

La respuesta a través del Formulario N°4 se emitirá después de verificar la información proporcionada en la SCR y confirmar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento y la normativa actual. En caso de cumplir, se procederá a declarar la admisibilidad de la SCR en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Cuando la Empresa Distribuidora detecte que no se cumple con los requisitos, solicitará por medio del Formulario N°4 la Solicitud de Complemento, el Interesado debe reenviar su SCR a través del Formulario N°3 como Complemento de Antecedentes en un plazo 5 días hábiles. La Empresa Distribuidora verificará la información y, si cumple, se declarará la admisibilidad en 10 días hábiles desde la recepción a través del Formulario N°4.


3. Solicitud de Rectificación SCR


Si el interesado presenta información incompleta o no cumple con los requisitos, se le otorgará por única vez un plazo de 5 días hábiles para corregir la documentación omitida o incompleta, por lo que mediante el Formulario N°5 solicitará la Rectificación de Admisibilidad.

En los siguientes 10 días hábiles, la Empresa Distribuidora dará respuesta mediante el Formulario N°6.


4. Manifestación de Conformidad SCR


En un plazo máximo de 10 días corridos tras la declaración de admisibilidad de la SCR, la Empresa Distribuidora deberá emitir una respuesta al solicitante por medio del Formulario N°7. Dicha respuesta incluirá, al menos, la siguiente información:

  • a) Detalle de los PMGD actualmente en operación en el alimentador, proporcionando información sobre sus puntos de conexión y características principales.
  • b) Listado de los estudios de conexión necesarios para la elaboración del Informe de Conexión a la Red (ICC), detallando el costo asociado, el tiempo estimado de ejecución de dichos estudios y la modalidad de pago del mismo, dependiendo de la entidad encargada de realizar dichos estudios.
  • c) En caso de que el solicitante lo haya requerido, se indicará si el PMGD cumple con los requisitos para ser considerado de impacto no significativo. Además, se proporcionará información sobre la capacidad instalada para la conexión expeditiva y la capacidad de inyección correspondiente a dicha conexión.

Si en el alimentador seleccionado existen SCR precedentes, se resolverán de acuerdo con el Artículo 2-7 de la Norma Técnica de Conexión y Operación de PMGD en Instalaciones de Media Tensión.

El solicitante deberá expresar su acuerdo con la respuesta a la SCR en un plazo máximo de 5 días corridos, utilizando el Formulario N°8 de Conformidad de Respuesta de SCR.


5. Entrega y Revisión de Estudios


El responsable deberá presentar el Formulario N°9 de Estudios Técnicos Preliminares en el lapso inicial de 1 mes después de recibir la respuesta de la SCR.

La Empresa Distribuidora o el interesado deberá emitir el Formulario N°10 de Revisión de Resultados Preliminares en un plazo no superior a 1 mes contado a partir de la notificación de dichos resultados. Esto se llevará a cabo dentro del periodo inicial de 1 mes después de recibir la respuesta de la SCR por parte de la entidad responsable.

Quien haya elaborado los estudios revisará y resolverá las observaciones mediante el Formulario N° 11 de Ajustes de los Resultados de Estudios de Conexión, en un plazo de 1 mes a partir de su emisión.

Dentro de los 10 días hábiles a la comunicación mencionada, el Interesado o la Empresa Distribuidora podrán presentar el Formulario N°12 con Observaciones Finales a los Resultados de Estudios. Dichas observaciones serán resueltas en los siguientes 10 días hábiles a través del Formulario N°13 de Resultados Finales de Estudios Eléctricos, el cual deberá estar disponible en el cuarto mes de emitida la respuesta de la SCR o en el sexto mes, según corresponda.


6. Obtención del Informe de Criterios de Conexión (ICC)


Después de recibir el ICC emitido por la Empresa Distribuidora a través del Formulario N°14, el Interesado tiene hasta 20 días hábiles para expresar su conformidad mediante el Formulario N°15 o solicitar modificaciones o aclaraciones a la Empresa Distribuidora. En caso de solicitar cambios, la Empresa Distribuidora deberá responder dentro de los siguientes 20 días hábiles. En este contexto, el Interesado debe confirmar su aceptación del ICC dentro de los 20 días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta de la Empresa Distribuidora, adjuntando el contrato de Obras Adicionales, Adecuaciones y Ajustes firmado.

La duración del ICC varía según el tipo de proyecto PMGD: 9 meses para aquellos de impacto no significativo, 12 meses para los que no califiquen como de impacto no significativo con capacidad instalada inferior a 3 MW, y 18 meses para los demás proyectos PMGD. Este plazo se inicia con la comunicación de la conformidad.

Los ICC de proyectos PMGD con declaración en construcción vigente seguirán siendo válidos incluso si los plazos mencionados anteriormente han expirado.

Dentro del período de vigencia del ICC, el Interesado debe informar y demostrar ante la Empresa Distribuidora, a más tardar 1 mes después de cada hito del cronograma del proyecto.

Si el Interesado no proporciona la información suficiente para demostrar el progreso del proyecto, el ICC perderá su validez, y la Empresa Distribuidora notificará al Interesado.

En todos los casos en que un ICC deje de estar en vigencia, el Interesado deberá presentar una nueva SCR.


6. Costos Asociados al Proceso de Conexión de PMGD


Ingreso de SCR
FORMULARIO F3 COSTO UF
INGRESO DE SOLICITUD DE CONEXIÓN 6 UF

Realización Estudios
PMGD IMPACTO NO SIGNIFICATIVO (INS)
DETERMINACIÓN INS COSTO UF
TOTAL 110
PMGD NO INS
ESTUDIOS COSTO UF
FLUJO DE POTENCIA 195
CORTOCIRCUITOS 100
COORDINACIÓN DE PROTECCIONES 205
TOTAL 500
Revisión de Estudios
REVISIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS POR TERCEROS
ESTUDIOS COSTO UF
FLUJO DE POTENCIA 50
CORTOCIRCUITOS 35
COORDINACIÓN DE PROTECCIONES 35
TOTAL 120
Informe de Criterios de Conexión (ICC)
ELABORACIÓN DE ICC
ESTUDIOS REALIZADOS POR COSTO UF
CRELL 115
TERCEROS 165
Supervisión de Puesta en Servicio (PES)
PUESTA EN SERVICIO
PMGD COSTO UF
INS 50
NO INS 75


A los valores antes presentados, se debe incluir el IVA respectivo. La modalidad de pago utilizada es:

- Al ingreso de los formularios, debe adjuntarse la respectiva Orden de Compra por el servicio a realizar por parte de la ED.

- Para el caso de realización de estudios, de acuerdo con el Art. 45° del DS88, el interesado debe acreditar un pago del 20% del costo total de elaboración de los estudios de conexión, independiente de que dichos estudios sean efectuados por la Empresa Distribuidora o por cuenta propia.

- Para los servicios por conceptos de revisión de estudios, elaboración de ICC y puesta en servicio, serán facturados en un 100% una vez realizados.



Datos para Orden de Compra:

- Cta.Cte.N° 60310472 , BCI

- Cooperativa Regional Eléctrica Llanquihue ltda.

- 81.106.900-0.

- Distribución de Energía Eléctrica.

- Ruta 5 sur km 1006.85 - Caletera Poniente, Puerto Varas.

- 65-2200400.

- jmaldona@crell.cl.


Formularios proceso de conexión PMGD

SOLICITUD-DE-INFORMACION

RESPUESTA-A-SOLICITUD-DE-INFORMACION-2

SOLICITUD-DE-CONEXION-A-LA-RED

SOLICITUD-DE-CONEXION-A-LA-RED

SOLICITUD-DE-CONEXION-A-LA-RED

ADMISIBILIDAD

SOLICITUD-DE-RECTIFICACION-ADMISIBILIDAD

RESPUESTA-A-SOLICITUD-DE-RECTIFICACION-DE-ADMISIBILIDAD

RESPUESTA-A-SCR

CONFORMIDAD-DE-RESPUESTA-SCR

ENTREGA-DE-ESTUDIOS-PRELIMINARES

REVISION-DE-RESULTADOS-PRELIMINARES

AJUSTES-DE-LOS-RESULTADOS-DE-ESTUDIOS-DE-CONEXION

OBSERVACIONES-FINALES-A-LOS-RESULTADADOS-DE-ESTUDIOS

RESULTADOS-FINALES-DE-ESTUDIOS-ELECTRICOS

INFORME-DE-CRITERIOS-DE-CONEXION-5

CONFORMIDAD-DEL-ICC-2

CONTROVERSIAS-SEC-2

ACREDITACION-HITOS-DE-AVANCE-DE-PROYECTO-2

VALIDACION-HITOS-DE-AVANCE-DE-PROYECTO-2

NOTIFICACION-DE-CONEXION-3

VALIDACION-DE-LA-NOTIFICACION-DE-CONEXION-2

PROTOCOLO-DE-PUESTA-EN-SERVICIO-3

DESCONEXION-MODIFICACION-Y-RETIRO-3



Para mayor información asociada al Proceso de Conexión para PMGD, puede visitar el siguiente link:

http://www.sec.cl/